Artículo 152. Señales de prohibición de entrada. L as señales de prohibición de entrada, para quienes se las encuentren de frente en el sentido de su marcha y a partir del lugar en que están situadas, prohíben el acceso a los vehículos o usuarios, en la forma que a continuación se detalla: R-100. Circulación prohibida.
Prohibida la entrada a los vehículos o conjuntos de vehículos cuya longitud máxima, incluida la carga, supere la indicada Un semáforo con una o dos luces rojas intermitentes prohíbe temporalmente el paso de los vehículos por Esta señal prohíbe: A) La entrada a animales de montura. B) La circulación de vehículos de motor por ser una vía exclusiva para animales de montura. C) Las carreras ecuestres. Enviar pregunta. La nueva marca verde que se pinta en los pavimentos, siendo una medida que está encaminada a la mejora de la seguridad vial. Por todo ello, los conductores tienen que tomar precaución y YCmMA25. 7 289 494 135 180 281 94 182 222